Liquidación-Factura Electrónica
La emite quien vende por cuenta de otro (comisionista o consignatario): liquida las ventas del mandante y descuenta su comisión.
Qué es
La Liquidación-Factura Electrónica (código 43) es el documento con que un comisionista, consignatario o mandatario —quien vende por cuenta de un tercero— le rinde cuenta al mandante: detalla los documentos de venta emitidos por su cuenta en el período (boletas, facturas u otros) y, en el mismo documento, factura su comisión, que se descuenta del total a liquidar. Es el DTE más complejo del catálogo: combina la liquidación de ventas ajenas con la facturación de un servicio propio (la comisión).
- Vendes productos o servicios por cuenta de un mandante (consignación, comisión, martillero) y le rindes las ventas de un período.
- Necesitas facturar tu comisión y liquidar las ventas del mandante en un solo documento.
- El mandante requiere el detalle de qué documentos se emitieron por su cuenta y cuánto le corresponde recibir.
- Cada línea del detalle identifica el TIPO de documento que se liquida (boletas, facturas, notas u otros).
- La comisión y otros cargos se restan del total: el mandante recibe sus ventas menos la comisión (con su IVA).
- El IVA se separa entre el de las ventas del mandante (IVA de terceros) y el de la comisión (IVA propio): cada parte declara el suyo.
- Las reglas del régimen de ventas por cuenta de terceros las fija el SII; confírmalas en sii.cl antes de operar.
¿Dudas sobre plazos o glosas legales? La fuente oficial es el Servicio de Impuestos Internos (sii.cl). Acá explicamos el documento; el SII fija la norma.
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